Mié. Dic 4th, 2024
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El Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó, en su edición vespertina del 2 de diciembre, el decreto en materia de vivienda, bienestar y protección animal.

En el ámbito de la vivienda, se reforma y adiciona la fracción XII del apartado A del artículo 123, con el objetivo de mejorar las condiciones para las personas trabajadoras. Además, se establece la implementación de un programa de eficiencia operativa que permita reducir los costos del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores. 

Este fondo creará un sistema de vivienda con enfoque social para los trabajadores derechohabientes, con el fin de ofrecerles créditos accesibles y suficientes para la adquisición o mejora de sus viviendas. También se contempla la posibilidad de adquirir terrenos y construir viviendas, conforme a lo estipulado por la ley.

En cuanto al bienestar, el decreto modifica y adiciona los artículos 4º y 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Establece que las personas mayores de 65 años tendrán derecho a recibir una pensión no contributiva por parte del Estado, bajo los términos que marque la ley. 

Además, garantiza que tanto la Federación como las entidades federativas entreguen una pensión a personas con discapacidad permanente menores de 65 años, en los términos legales establecidos. También se especifica que el Estado debe asegurar la rehabilitación y habilitación de personas con discapacidad permanente, dando prioridad a los menores de 18 años, según lo que disponga la ley. 

En cuanto a la protección animal, se reforman y adicionan los artículos 3º, 4º y 73 de la Constitución, con el fin de garantizar la protección y el trato adecuado de los animales. El decreto prohíbe el maltrato animal y establece que el Estado mexicano debe velar por su cuidado y conservación, conforme a las leyes respectivas.

Es importante señalar que estos tres decretos entrarán en vigor al día siguiente de su publicación. 

Por dahemont

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